"educación y escolarización no son términos sinónimos".
¿Qué piensa de todo esto el Ministerio de Educación? Un portavoz responde que "la Ley Orgánica para la Mejora Educativa (Lomce) establece que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita para todas las personas. Por tanto, todos los alumnos en ese rango de edad (de 6 a 16 años) han de estar, necesariamente, escolarizados y asistir a un centro educativo".
Además de la escolarización en centros ordinarios, hay otros modelos para atender a los alumnos que no pueden ir a clase. Hay aulas para circos y aulas hospitalarias, atención domiciliaria para enfermos y un centro a distancia para residentes en el extranjero, familias de vida itinerante, bailarines, deportistas o músicos. Pero no a los homeschoolers.
¿ qué hace la Administración? Las CCAA tienen "comisiones de absentismo" asociadas a "comisiones locales de escolarización", encargadas de "velar para que todos los alumnos en edad escolar obligatoria estén escolarizados y de adoptar las medidas pertinentes en caso de que se observen incumplimientos", dice el Ministerio.
En un primer momento, los servicios sociales intervienen por abandono o absentismo escolar, pero el caso suele archivarse cuando los padres explican su proyecto y se comprueba que los menores no están desatendidos. De los 118 procedimientos abiertos entre 2008 y la actualidad, 60 no llegaron a la Fiscalía. De los 58 restantes, 40 terminaron sin acusación o archivándose. "Ninguna familia en España ha sido condenada nunca por educar en casa", asegura Sergio Saavedra, responsable jurídico de ALE.
Extracto de un interesante reportaje de El MUNDO: http://www.elmundo.es/espana/2015/02/16/54e0cf70e2704e6c038b4586.html
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